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Martes, 16 de febrero de 2021
No hay prórrogas para definir la situación militar y continuar en un empleo público: Función Pública
Un concepto emitido por Función Pública recuerda que los ciudadanos cuentan con 18 meses para definir su situación militar en caso de acceder a un empleo público.
La consecuencia de no reunir los requisitos es la declaratoria de insubsistencia del cargo y el retiro del mismo.
Función Pública aclaró a través de un concepto el tiempo que tiene un ciudadano para definir su situación militar.
Bogotá, 16 de febrero de 2021.-El Departamento Administrativo de la Función Pública emitió un concepto jurídico en el que un ciudadano consultaba si podría existir una prórroga para seguir trabajando en una entidad pública mientras define su situación militar.
“La norma señala que la persona tiene 18 meses para definir su situación militar y este término inicia desde su vinculación laboral en el sector público, privado o en la celebración de un contrato de prestación de servicios para cualquier entidad de derecho público. No obstante, la norma no señala prorroga o adición a dicho término” indica el concepto de Función Pública.
Adicionalmente, el concepto de Función Pública recuerda que la Ley 1780 de 2016 establece los parámetros para la normalización de la situación militar y la obligación de presentar la libreta militar como requisito para acceder a un cargo público.
En caso de superar los 18 meses que establece la ley para la normalización de la situación militar, “la consecuencia de no reunir los requisitos es la declaratoria de insubsistencia del cargo y el retiro del mismo” añade el concepto.
Los conceptos jurídicos del Departamento Administrativo de la Función Pública pueden ser consultados en el Gestor Normativo.
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