El Consejo Nacional de Patrimonio emitió concepto favorable sobre los Planes Especiales de Manejo y Protección del Paisaje Cultural Cafetero y de la Estación de la Sabana, en Bogotá. Estas herramientas garantizarán su conservación, entre otros aspectos.
Durante la cuarta sesión de 2018 del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural -Cnpc-, que se llevó a cabo en Bogotá, se aprobó el Plan Especial de Manejo y Protección -Pemp- del Paisaje Cultural Cafetero, declarado por la Unesco, Patrimonio Mundial de la Humanidad. Este organismo, el cual preside la Ministra de Cultura, Mariana Garcés Córdoba, también avaló el Pemp de la emblemática edificación bogotana: la Estación de la Sabana, ubicada en la avenida Jiménez.
El Pemp del Paisaje Cultural Cafetero -PCC-, parte del Plan de Manejo existente y contiene una visión integral de los atributos y necesidades de manejo del lugar, dando énfasis a las acciones de coordinación entre los diferentes niveles de gobierno y los diferentes sectores que lo conforman. Busca fortalecer las medidas de protección, manejo y sostenibilidad del sitio, mediante la adaptación y concreción de los objetivos y estrategias.
El proceso de formulación del Pemp del PCCC se socializó en varias oportunidades durante las sesiones de los Comités Técnicos Regionales y en la del Directivo Nacional del Pccc. En estos encuentros participan delegados de la Federación Nacional de Cafeteros y de los Comités de Cafeteros, las 4 gobernaciones: Caldas, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca, delegados de las universidades que hacen parte del proceso y del Sistema Universitario del Eje Cafetero -Sueje-, las Corporaciones Autónomas Ambientales, y otros actores que se han ido integrando, como los representantes del sector de turismo y cajas de compensación familiar. En estos comités participan cerca de 70 personas en cada reunión, incluyendo comunidades del municipio en donde se realizan.
El proceso de formulación del Pemp, en el que se adapta el Plan de Manejo del Pccc se comunicó a las gobernaciones a partir del 24 de junio de 2017 y presentó en las siguientes reuniones: 6 de octubre de 2017 en Filandia, Quindío; 22 de marzo de 2018 en Bogotá, y 11 de mayo de 2018 en Argelia, Valle del Cauca.
La Estación de la Sabana, emblema arquitectónico
El bien de interés cultural conocido como Estación de la Sabana está conformado por un conjunto de edificaciones construidas entre finales del siglo XIX y principios del siglo XX, periodo en el cual este espacio se consolidó como el núcleo del servicio de transporte ferroviario de la capital del país.
Este imponente complejo estaba conformado por la Estación del Ferrocarril de la Sabana y la Estación del Ferrocarril del Sur. Originalmente los edificios principales de ambas estaciones conformaban una plazuela de acceso que daba frente al antiguo camellón de occidente (actual Avenida Jiménez o Calle 13).
La edificación más representativa entre las que aun hoy se conservan, fue construida entre 1913 y 1917 por el ingeniero inglés William Lidstone para servir como Estación del Ferrocarril de la Sabana y constituye una muestra relevante de la arquitectura civil monumental. La edificación principal de la Estación del Ferrocarril del Sur, por su parte, fue diseñada por el arquitecto Pablo de la Cruz y construida en 1926. Con la ampliación de la Avenida Jiménez o Calle 13, este último inmueble fue demolido parcialmente durante la década de 1950, reduciendo la plazuela de acceso al actual estacionamiento vehicular que se encuentra protegido por una reja. El Pemp incluye, entre otros aspectos, la recuperación de este espacio para el uso público y la eliminación del cerramiento.
De otro lado, con la formulación de este PEMP se crea un antecedente importante sobre la armonización que debe existir entre la conservación del patrimonio cultural y la necesaria renovación urbana de entornos deteriorados.
En este sentido, se plantea el doble propósito de servir como instrumento normativo y herramienta de gestión, para consolidar el uso cultural, recreativo y deportivo en el complejo de la Estación, de forma complementaria con la histórica vocación ferroviaria de este espacio, que hoy se encuentra desaprovechado.
A partir de la implementación del Pemp de la Estación de la Sabana se espera en el mediano plazo, la integración de sus 7 hectáreas a las dinámicas urbanas, potenciando el sector a partir de la recuperación de los valores ambientales, estéticos, históricos y culturales, integrando la población vulnerable del centro de Bogotá.
De otra parte, en términos de la propuesta de gestión, el Pemp se enfoca en generar un esquema operativo que permite complementar el uso ferroviario con nuevas actividades que podrán darse mediante la adecuación de las edificaciones existentes y la generación de espacios públicos en las áreas libres, acciones que serán de gran impacto. Este mismo planteamiento administrativo garantizará la presencia y dinámica entre los diferencies actores sociales e instituciones que actualmente hacen parte de la riqueza cultural de este espacio.
Finalmente, el Pemp representa la oportunidad de aunar esfuerzos entre la Nación y el Distrito Capital en torno al objetivo de recuperar y dotar sostenibilidad este bien de interés cultural. Para ello se plantea la conformación de una junta rectora que orientará las acciones a implementar y hará seguimiento a los objetivos propuestos en este plan. Participarán de esta mesa técnica el Invías, como propietario del predio de la Estación y garante de la actividad ferroviaria, el Ministerio de Cultura, desde su experticia y competencias en la protección y salvaguardia del patrimonio cultural, y la Alcaldía Mayor de Bogotá, como actor clave en la gestión y ejecución de las acciones de orden urbanístico.
¿Qué es un Pemp?
El Plan Especial de Manejo y Protección – Pemp , es el instrumento de planeación y gestión del Patrimonio Cultural de la Nación, mediante el cual se establecen las acciones necesarias con el objetivo de garantizar la protección, conservación y sostenibilidad de los BIC o de los bienes que pretendan declararse como tales si a juicio de la autoridad competente dicho Plan se requiere, en el marco del Decreto 1080 de 2015 ‘Decreto único reglamentario del sector cultura’. Los Pemp , como instrumento del Régimen Especial de Protección de los BIC, deben:
• Definir las condiciones para la articulación de los bienes con su contexto físico, arquitectónico, urbano o rural, los planes preexistentes y su entorno socio-cultural, partiendo de la conservación de sus valores, la mitigación de sus riesgos y el aprovechamiento de sus potencialidades.
• Precisar las acciones de protección de carácter preventivo y/o correctivo que sean necesarias para la conservación de los bienes.
• Establecer las condiciones físicas, de mantenimiento y de conservación de los bienes.
• Establecer mecanismos o determinantes que permitan la recuperación y sostenibilidad de los bienes.
• Generar las condiciones y estrategias para el mejor conocimiento y la apropiación de los bienes por parte de la comunidad, con el fin de garantizar su conservación y su transmisión a futuras generaciones.
El Consejo Nacional de Patrimonio Cultural es el órgano encargado de asesorar al Ministerio de Cultura en cuanto a la salvaguardia, protección y manejo del patrimonio cultural material e inmaterial de la Nación.
Para mayores informes, comuníquese con:
TOMADO DE
Jaime Acuña Lezama
Comunicador social – Grupo de Divulgación y Prensa
Ministerio de Cultura – Teléfono: 3424100 ext. 1252
Celular: 3015988079 Correo electrónico: jacunal@mincultura.gov.co
@jacunalezama
Bogotá, Colombia
Ibón Munévar Gordillo
Coordinadora Grupo de Divulgación y Prensa
Ministerio de Cultura