Prensa  DTSC -Jhon Jairo Villegas

La instancia de revisión que se encuentra fundamentada en el artículo 11 del decreto 109 del Plan Nacional de Vacunación, consiste en analizar los casos insistentes de los distintos usuarios que se encuentran en la etapa tres del plan de vacunación y que por consideraciones particulares solicitan a las entidades, en primera instancia a las EPS y en segunda instancia al ente departamental, la revisión de su caso para la priorización de la vacuna cuando se considera que se tiene derecho por comorbilidades.

Carlos Andrés Vivas Castellanos, jurídico del plan de vacunación de la territorial de salud, explicó que los usuarios pueden ejercer su derecho de postularse a la vacuna en la página del Ministerio de salud MiVacuna, ahí se tiene un ítem claro para realizar el proceso, las personas también lo pueden hacer mediante derecho de petición a la EPS que tiene una ruta interna para dar respuesta en las indicaciones que el mismo plan establece “para los casos insistentes escalarían a la territorial de salud en caso tal de la priorización y el análisis para dar respuesta al ciudadano” explicó el funcionario.

Vivas Castellanos ratificó que el propósito de esta segunda instancia es resolver los casos insistentes o que han sido negados por las EPS “nosotros cada semana analizamos estos casos de insistencia con un grupo liderado por el director territorial, las subdirecciones de salud pública y de prestación de servicios, los usuarios nos pueden hacer llegar sus solicitudes vía correo electrónico a través de sac@saluddecaldas.gov.co

El dato: estas son algunas de las enfermedades por la que usted puede postularse a la vacunación.

·        Enfermedades hipertensivas

·        Tuberculosis

·        Asma

·        Diabetes

·        VIH

·        EPOC

·        Obesidad grados 1,2 y 3

·        Insuficiencia renal