JURANY MARIN GALLO

1. Se restringe temporalmente el transporte de acompañante en motocicleta en el área rural y urbana de Rionegro, desde las 00:00 horas del viernes 28 de junio hasta las 23:59 horas del sábado 29 de junio, decisión respaldada en el Decreto 189 del 12 de junio del 2019.

2. La Subsecretaria de Movilidad podrá autorizar a las personas que justifiquen la necesidad de movilizarse con acompañante, para lo cual la empresa contratante deberá expedir la constancia donde se haga plena identificación de los tripulantes, número de placa de la motocicleta y la ruta utilizada para el desplazamiento.

3. El incumplimiento de las restricciones establecidas en el presente Decreto dará lugar a las sanciones contempladas en la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, y normas que le adicionen o lo modifiquen.

4. Algunos vehículos tipo motocicleta se exceptúan de esta medida. Ver Decreto https://bit.ly/2ZtBE53

5. Mayor información en el 5204060 Ext: 2510 y 2514 Subsecretaría de Movilidad.

Junio 13 de 2019

Más información solo para periodistas, Nataly Echeverri V. 3142656419